Viernes 17 de agosto de 2018.
Un cargo cobrado durante nueve años a usuarios de tarjetas de crédito deberá ser devuelto, según una sentencia que alcanza a los clientes de los bancos Galicia e Industrial. Es una comisión de entre el 5 y el 10% que los bancos aplicaban cuando el usuario superaba su límite de compra. Desde el Banco Galicia adelantaron que van a apelar.
El ítem figuraba en los resúmenes de todos los bancos. Por lo general, decía “exceso en el límite de compra”. Pero otras veces aparecía abreviado, o como una sigla, o figuraba un asterisco y lo aclaraban en la "letra chica".
La Cámara Nacional en lo Comercial acaba de dictar sentencia en un juicio contra el Banco Galicia y el Banco Industrial. Además, se condenó en forma solidaria a Visa (Prisma Medios de Pago S.A.).
En caso que la sentencia quede firme, sólo beneficiará a los usuarios de estas entidades. Pero las asociaciones de consumidores que hicieron los reclamos esperan que, con este antecedente, pronto se definan del mismo modo las demandas colectivas pendientes contra el resto de los bancos. En total, hay unos 20 juicios en trámite.
"Durante muchos años los bancos cobraron el 'exceso en el límite de compra'. Consiste en que si una persona se pasa del límite autorizado pagaba un recargo. No solo se sumaban las compras, sino que el límite se reducía también por la financiación de compras anteriores, de modo que en general la gente no sabía que se pasaba del límite", explica Horacio Bersten, titular de la Unión de Usuarios y Consumidores, promotora del juicio.
Fuente: Clarín