La Corte Suprema frenó el aumento del gas para usuarios residenciales - El máximo Tribunal anuló el aumento en las tarifas de gas para usuarios residenciales y estableció que para la fijación de nuevos valores son obligatorias las audiencias públicas.
jueves, 18 de agosto de 2016.
La Corte Suprema de Justicia anuló hoy el incremento de las tarifas de gas en todo el país para usuarios residenciales y determinó que para modificar el cuadro tarifario es obligatorio realizar la audiencia pública con entidades que representan a consumidores. De esta manera, el fallo firmado por unanimidad por el máximo tribunal confirma la sentencia de la Cámara Federal de La Plata y genera una complicación para el Gobierno nacional.
El tribunal resolvió que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio. Es un tema central, porque el Gobierno aseguraba que las audiencias ya se habían realizado en 2014, cuando el kirchnerismo aprobó el último ajuste tarifario.
Además, el fallo de la Corte confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas. Esto es, ratifica el fallo de la Cámara que, a su vez, avaló una resolución de un juez de esa ciudad que frenó la suba del gas en todo el país. Sin embargo, la decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales, aclararon en la Corte Suprema. Respecto de ellos, "las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan", señalaron fuentes del tribunal.
En tanto, el fallo, que lleva la firma de los doctores Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti, aclara que se mantiene la vigencia de la tarifa social