La medida será puesta en funcionamiento por el Gobierno provincial. Se aplicará para suplencias de 2 a 12 días, en casos de enfermedad, fallecimiento de un familiar cercano y accidente laboral, entre otros.
El Gobierno bonaerense emitió un decreto para poner en funcionamiento un sistema que acelere las coberturas ante licencias docentes en escuelas de la provincia de Buenos Aires, una medida que busca evitar la pérdida de horas de clase.
La normativa lleva la firma del gobernador Axel Kicillof y fue celebrada por el Frente de Unidad Docente Bonaerense (FUDB). A través de un comunicado, el Gobierno señaló que la misma amplía “los plazos establecidos en el Decreto 258 para la designación de personal docente para cubrir las ausencias de 2 días hábiles a 12 días corridos o en los casos donde la ausencia abarque la totalidad de horas cátedra o módulos”.
La medida busca garantizar una cobertura de “manera ágil” para la continuidad pedagógica ante licencias docentes en establecimientos de gestión estatal.
“Hasta el momento, los directivos de los establecimientos podían hacer coberturas con el propio personal de la institución por licencias hasta 4 días, pero esto se dificultaba cuando el período era superior, por los tiempos que lleva el procedimiento de selección y cobertura a través de los actos públicos”, explicó el ministro de Educación bonaerense, Alberto Sileoni. Y agregó: “Este decreto permite el reemplazo inmediato, posibilitando la continuidad pedagógica de las y los estudiantes”.
En ese sentido, el decreto aclara que “cuando la necesidad de cobertura se prorrogara por un período mayor a doce (12) días corridos, será de aplicación lo establecido en el artículo 108 del Estatuto del Docente y su reglamentación”, referido a las designaciones de personal provisional y suplentes. Y agrega: “Sólo se producirá la continuidad del/de la docente a cargo cuando le correspondiere, conforme los mecanismos establecidos en el presente artículo”.
Desde el FUDB (que conforman Suteba, FEB, Udocba, Sadop y AMET) destacaron que la medida “amplía la posibilidad de cobertura, que anteriormente era solo para cargos de base, a la cobertura de horas cátedra o módulos”.
Y agregaron: “Es importante destacar que la posibilidad de una rápida cobertura permite que los/as alumnos/as no pierdan horas de clases y evita la posibilidad de sobrecarga laboral”.
Desde Suteba señalaron que la normativa abarca a licencias docentes por enfermedad, fallecimiento de un familiar cercano y accidente laboral, entre otros.
Aclaraciones sobre las designaciones
Desde la cartera de Educación indicaron que “para realizar la cobertura de cargos se utilizarán los listados oficiales y complementarios por establecimiento educativo”. Y agregaron: “En el caso de módulos u horas cátedras, tendrán prioridad de cobertura docentes titulares de cada institución en orden a su antigüedad docente y, seguidamente, los y las docentes provisionales y suplentes –en igualdad de condiciones-, en orden a su puntaje de ingreso a la docencia”.
En tanto, ante determinados de casos “el equipo directivo de una escuela podrá solicitar que la cobertura se realice a través de la Secretaría de Asuntos Docentes por Acto Público”.
Finalmente, “en los casos en que las designaciones las realizare la y el director del establecimiento educativo, el Decreto establece que se deberá remitir las propuestas a la Secretaría de Asuntos Docentes de la cartera educativa provincial ‘dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de realizada la designación, para su convalidación’”