22 noviembre 2024

Apelan el fallo y piden perpetua para los rugbiers que recibieron 15 años de cárcel

Días atrás habían hecho el mismo pedido los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García.

 

Los abogados que representan a los padres de Fernando Báez Sosa, asesinado a golpes en la puerta de un boliche de Villa Gesell en enero de 2020, apelaron ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense el fallo que declaró partícipes secundarios de homicidio doblemente agravado a tres de los ocho jóvenes sometidos a juicio, quienes recibieron una pena de 15 años de cárcel, al considerar que fueron coautores del hecho y deben ser castigados con prisión perpetua como los demás condenados.

El recurso de apelación fue presentado por los letrados Fernando Burlando, Fabián Améndola, Facundo Améndola y Germán Facio, apoderados de los padres de Fernando, Silvino Báez y María Graciela Sosa Osorio, en su carácter de particulares damnificados.

Al igual que lo hicieron días atrás los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García, quienes llevaron adelante la acusación ante el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Dolores, los abogados consideraron que en el debate quedó acreditado que los ocho acusados fueron coautores del delito de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, en concurso ideal con lesiones leves”, por lo que deben recibir la pena de prisión perpetua.

La apelación es puntualmente contra la decisión de los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lázzari y Christian Rabaia de condenar el 6 de febrero último a Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23) y Lucas Pertossi (24) a 15 años de cárcel como partícipes secundarios del homicidio de Fernando, a diferencia de Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (23), Matías Benicelli (23) y Luciano (21) y Ciro Pertossi (22), quienes recibieron la pena de prisión perpetua por la coautoría del asesinato cometido el 18 de enero de 2020 en la puerta del boliche “Le Brique” de Villa Gesell.

Al enumerar los motivos que fundamentan la apelación, los letrados consideraron un “absurdo” o una “arbitrariedad” la sentencia “por carencia de logicidad en la fundamentación y falsa motivación en la determinación del momento en el que se verifica el dolo homicida”, al igual que en la “selección y valoración de la prueba para entender como secundaria la participación de los condenados” Cinalli, Lucas Pertossi y Viollaz.

Además, motivaron el recurso en la “errónea aplicación de un precepto legal: concretamente al entender como secundaria la participación de los condenados”. En base a ello, los representantes de los particulares damnificados pidieron a Casación que revoque la sentencia dictada en esos tres casos.

El de los particulares damnificados es el último recurso de apelación al fallo del TOC 1 de Dolores, ya que a fines de la semana pasada fue presentado el de la fiscalía y ayer el del defensor de los ocho condenados, Hugo Tomei, quien insistió con distintos planteos de nulidad, pidió que se aplique la figura del “homicidio en riña” para los cinco sentenciados a prisión perpetua y la absolución para los tres que recibieron una pena de 15 años de cárcel.