22 noviembre 2024

Condenan a un banco a pagar una multa de $1 millón a un cliente

Se trata del Banco Provincia. La Justicia además ordenó la anulación del crédito que habían tomado los ciberestafadores, y la devolución a la víctima de un adelanto y una suma sustraída. 

El juez Carlos José Catoggio, titular del Juzgado Civil y Comercial N°25 de La Plata, condenó al Banco de la Provincia de Buenos Aires a resarcir con $1.000.000 a un cliente que fue estafado mediante la modalidad de "phishing".

El monto de la multa es la más alta dictada por la Justicia hasta el momento contra una entidad bancaria. Es que, según Catoggio, hizo especial hincapié en la pericia informática y destacó que la responsabilidad de la entidad bancaria radica entre otras cuestiones en la falta de alertas y alarmas.

El magistrado, además de la multa, condenó al BAPRO a la anulación del crédito por $677.000 que habían tomado los ciberestafadores, como a la devolución del adelanto de haberes por $32.000 y de la suma de $60.717,25 que sustrajeron de su cuenta.

Según el fallo, el juez consideró que "en un muy corto período de tiempo se generó la clave bip token, se pidió y obtuvo un préstamo por la suma de $677.000, se otorgó un adelanto de haberes por la suma de $32.000, todo el dinero recibido fue transferido a tres cuentas en forma casi inmediata y que para peor, dos de dichas cuentas han sido abiertas a nombre del accionante".

Además, frente a esa operatoria, "no se generó ningún tipo de alerta para detectar este tipo de actos irregulares e infrecuentes, sea por la entidad que ellos tienen, por la movilización de fondos en un periodo de tiempo muy reducido, por la existencia de usuarios con ubicación en otras provincias -Córdoba en este caso-, entre otros".

Y agrega que "si el sistema de protección resultó insuficiente -conforme se ha concluido en la pericia informática supra valorada- para prevenir e impedir maniobras fraudulentas como la que sufrió el accionante, afectando la previsibilidad y normalidad en la prestación del servicio y en el uso de las cosas y de allí se derivaron daños que se encuentran en conexión causal con el incumplimiento de esa obligación, pues entonces la entidad bancaria deberá hacer frente a la acción dirigida en su contra".

"Digo ello pues no advierto que la actividad fraudulenta esté conectada con el hecho de que el usuario haya brindado sus datos, sino en la falta de medidas adecuadas para asegurarse la identidad del usuario y sumar a ellos sistemas de alerta por la existencia de movimientos inusuales por fuera de los patrones habituales del consumidor", añadió.