6 octubre 2024

OMIC INFORMA SOBRE EL USO DE TARJETA DE DEBITO


 Sábado, 9 de mayo de 2020.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor de 9 de Julio recuerda que, todos los comercios deben aceptar el pago con tarjeta de débito y NO pueden cobrarte recargos ni hacer diferencia de precios entre efectivo, débito o crédito en un solo pago. Podrás usar la tarjeta de débito, siempre que las compras que realices superen el monto de $ 100. Si el comercio acepta el pago por medio de código QR, no está obligado a aceptar el pago con tarjeta de débito.
Si un comercio no tiene Posnet, no acepta abonos con débito, ofrece un descuento por pagar en efectivo o no te entrega factura, está incumpliendo la ley (Ley N° 27.253 Articulo 10).

Podes denunciar esa situación en la web de la AFIP: https://www.afip.gob.ar/debito/compradores.asp

Recordá que si tenés una consulta o reclamo, podés escribir aL correo electrónico [email protected], debido a que la Oficina permanece cerrada durante la Emergencia Sanitaria.

El Artículo 10. Ley 27.253 expresa:

“Los contribuyentes que realicen venta de cosas muebles en forma habitual, presten servicios, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles, en todos los casos a sujetos que -respecto de esas operaciones- revisten el carácter de consumidores finales, deberán aceptar como medio de pago transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios que el PODER EJECUTIVO NACIONAL considere equivalentes y podrán computar como crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado el costo que les insuma adoptar el sistema de que se trate, por el monto que a tal efecto autorice la autoridad de aplicación. (…) Queda prohibida la aplicación de comisiones transaccionales sobre las operaciones comprendidas en lo estipulado en la presente ley realizadas con tarjeta de débito. Facúltese a la autoridad de aplicación a reglamentar lo establecido en el presente artículo”.