La Coalición Cívica presentó ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia una denuncia contra las empresas que son parte de Unión Argentina de Salud.
La Coalición Cívica (CC) presentó ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) una denuncia por potencial conducta de cartelización en el mercado de servicios de medicina prepaga, por parte de las sociedades que integran la Unión Argentina de Salud (UAS) para incrementar los precios a usuarios y proveedores.
La presentación es a raíz de la configuración de la práctica anticompetitiva prevista en el inciso a) del Artículo 2 de la Ley 27.422 de Defensa de la Competencia, por lo cual los usuarios se verían expuestos a un potencial incremento de los precios de los planes de medicina prepaga, desde la entrada en vigencia del DNU 70/2023 hasta el día de la fecha, indicó la CC en su presentación.
Se trata de una conducta legalmente considerada como absolutamente restrictiva de la competencia y que produce un perjuicio al interés económico general, advirtió.
El partido político adujo que de esa conducta anticompetitiva habrían participado las principales sociedades que prestan el servicio referido y que, conforme declaraciones que se observan en medios de comunicación por parte de los directivos de las mismas, concentran a más de la mitad del total de los usuarios de todo el mercado de medicina prepaga en Argentina.
La presentación de la CC lleva las firmas de los dirigentes Hernán Reyes, Maximiliano Ferraro, Rubén Horacio Manzi y Juan Facundo Del Gaiso, representados por el abogado Federico Esswein.
"Estas sociedades, de las que se tiene algún tipo de registro como consecuencia de las declaraciones periodísticas de Claudio Belocopitt, y los aumentos posteriores, serían, inicialmente, por parte de las sociedades que forman parte de la UAS, apuntaron los denunciantes, quienes adjuntaron a modo de prueba circulares de Swiss Medical, Medife, Hospital Alemán, Hospital Británico, Galeno, Omint, y -añadieron- se tiene conocimiento por los medios que lo mismo sucede con OSDE.
Puntualizaron que producto del proceso de análisis de mercado, evaluación de las condiciones y conductas efectuadas efectivamente y nueva prueba que pueda suceder con posterioridad al inicio del sumario, podría ampliarse o modificarse el listado de empresas involucradas en la potencial cartelización.
En este sentido, solicitaron que se analice el comportamiento de la UAS y si su reglamento o prácticas cumplen con los estándares de la CNDC respecto de este tipo de cámaras empresariales.
También adjuntaron notas periodísticas en que uno de los, presumiblemente, involucrados, cuenta: que existieron reuniones para la coordinación de la fijación de un aumento a los usuarios; se fijó un valor estimado en torno al 40% de aumento a los usuarios; se acordaron, presumiblemente, políticas de contratación a sus proveedores en la prestación del servicio; y que las políticas de precio acordada podría, estiman, impactar en una pérdida promedio del 30% de los usuarios del servicio.
Para los denunciantes, esta última afirmación resulta paradójica porque una pérdida del 30% de los usuarios es significativa en prácticamente cualquier mercado que sea analizado.
"Los hechos descriptos por Claudio Belocopitt denotan en forma explícita una concertación, en apariencia directa, de los precios tanto para la oferta del servicio a los usuarios, como también para la demanda a sus proveedores, plantearon.
"A pesar de ello, las partes cartelizadas habrían aceptado dicha consecuencia como un daño colateral soportable [...] prosiguieron con la conducta y optaron por aplicar en forma efectiva el aumento en torno al 40% en los planes de medicina prepaga ofrecidos y continuando con dicha acción coordinada para los próximos meses, se explayaron.
Entonces, se planteó que estas prácticas deben encender las luces de alerta en esta CNDC, en toda la Secretaría de Comercio y en la Superintendencia de Servicios de Salud.
"La noción de libertad que expresa la nueva administración no puede contrariar el cumplimiento normativo por parte de los funcionarios de turno. El deber de fiscalización, control y, eventual, sanción de este tipo de conductas no es disponible ante las creencias ideológicas de los funcionarios, aseveró la CC.
Finalmente, advirtió que la inacción, de existir, por parte de los funcionarios a cargo, supondría un incumplimiento de sus deberes y pasible de las sanciones administrativas y penales correspondientes.