22 noviembre 2024

El Gobierno le marca la cancha a los registros del automotor: qué cambia

El DNU del Gobierno implementa un nuevo modelo de inscripción "remoto, abierto, accesible y estandarizado, bajo jurisdicción nacional".

El presidente de la Nación, Javier Milei, presentó este miércoles por la noche un enorme decreto de necesidad y urgencia (DNU) con el que busca desregular casi por completo la economía argentina. A los pocos minutos de anunciado en cadena nacional y publicado, aunque no oficialmente en el Boletín Oficial, el decreto levantó polémica por una gran cantidad de temas sensibles que atañen a la vida cotidiana de los argentinos.

Uno de ellos tiene que ver con el registro de los vehículos en los famosos registros "seccionales" o "municipales" del automotor, allí donde se registran tanto los cero kilómetros como los usados cuando se transfieren producto de una compra/venta. Si bien no se elimina la intermediación de dichos registros, que desde hace años están en el centro de la polémica por la falta de control sobre los procesos, las exigencias y los montos que se cobran de manera arbitraria para realizar los trámites, el Gobierno le marca la cancha con "digitalización".

Al respecto, el artículo 352 del decreto indica que "a todo automotor se le asignará al inscribirse en el registro por primera vez un documento individualizante en formato físico o digital que será expedido por el registro respectivo y se denominará 'Título del Automotor'. Este tendrá carácter de instrumento público respecto de la individualización del automotor y de la existencia en el registro de las inscripciones que en él se consignen, pero solo acreditará las condiciones del dominio y de los gravámenes que afecten al automotor, hasta la fecha de anotación de dichas constancias en el mismo”.

Luego, y ya mencionando la digitalización del trámite, en el siguiente artículo (353) se agrega que “dichas inscripciones o anotaciones también podrán realizarse directamente ante la Dirección Nacional, que deberá establecer a tal efecto un servicio de inscripción remoto, abierto, accesible y estandarizado, bajo jurisdicción nacional, que permita las inscripciones o anotaciones ordenadas por los titulares o por intermediarios autorizados de manera fehaciente por ellos".

Pero no solo eso, también indica que la Dirección Nacional deberá "hacer efectiva la puesta en marcha de su registro remoto, abierto, estandarizado y accesible a más tardar el 2 de mayo de 2024”.

En ese sentido, la Dirección Nacional recabará toda la información necesaria para poner en funcionamiento ese registro tanto a automotores por registrarse como a los ya registrados y el Poder Ejecutivo Nacional "podrá disponer que determinadas inscripciones y anotaciones se cumplan únicamente ante la Dirección Nacional cuando fuere aconsejable para el mejor funcionamiento del sistema registral”.

Pero además, y en este punto marcando fuerte presencia ante los registros seccionales, el artículo 354 agrega que "la Dirección Nacional controlará el funcionamiento de los registros seccionales, realizará las tareas registrales específicas que determine la reglamentación, y dispondrá el archivo ordenado de copias de los instrumentos que se registren. Dicho registro será electrónico y de acceso público”.

Más cambios en los registros

A partir de ahora, con la publicación del DNU, los trámites que se realicen ante los registros seccionales del automotor deberán abonar el arancel que fije el Poder Ejecutivo Nacional, salvo los casos expresamente exceptuados por esta norma y la reglamentación. Los aranceles que establezca el Poder Ejecutivo para los trámites digitales ante la Dirección Nacional no podrán superar el valor del arancel a que se refiere el párrafo anterior.

Además, tampoco podrá restringirse o limitarse la inmediata inscripción del dominio de los automotores o de sus transmisiones por normas de carácter administrativo ajenas a los aranceles del registro. La existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el registro.

El DNU del Gobierno