A través de un decreto del Ejecutivo Nacional, se dispusieron beneficio para los productores afectados.
En medio del fuerte impacto de la sequía, que ocasionará pérdidas millonarias para los productores y una merma de unos US$ 20.000 millones en el ingreso de divisas, el ministro de Economía, Sergio Massa, le envió un gesto al campo y anunció “medidas excepcionales” para el sector.
En un mensaje publicado en las redes sociales, Massa anunció medidas de alivio impositivo para unos 60 mil productores en zonas declaradas en emergencia agropecuaria, como la suspensión de las intimaciones y embargos de las cuentas bancarias, entre otras, que pasarán a tener un carácter automático.
En este sentido el decreto del Ejecutivo, cuya posterior reglamentación se implementará mediante una resolución conjunta de la Secretaría de Agricultura y AFIP, busca que los productores que están en zona de emergencia y que su actividad principal sea agropecuaria y/o ganadera, accedan de manera automática a los beneficios de alivio fiscal que establece la ley de emergencia, sin necesidad de efectuar ningún trámite.
Además el decreto permitirá a la AFIP establecer un plan de facilidades de pago para los productores alcanzados por la emergencia tengan la posibilidad de regularizar todo tipo de deuda fiscal en hasta 48 cuotas mensuales.
“Estamos ante la sequía más grave de la historia argentina en la que vimos cosechas enteras perdidas, animales sin alimento muertos y sobre todo, productores que perdieron el trabajo de todo un año, por eso vamos a acompañarlos con medidas excepcionales para llevar #AlivioAlCampo”, dijo Massa en Twitter.
En ese sentido, se informó que se podrán regularizar obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, vencidas o cuya fecha de vencimiento opere en el mes de la presentación del plan de facilidades de pago, junto con sus intereses y multas.
Además, al regularizar las deudas previsionales que tengan los productores, se les facilitará tomar créditos bancarios, ya que muchas entidades financieras restringen el acceso al financiamiento ante la existencia de obligaciones previsionales impagas.
Por otra parte se suspenderán las intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones, los juicios de ejecución fiscal y el levantamiento de los embargos en las cuentas bancarias; el pago de anticipos del Impuesto a las Ganancias; y se otorgarán beneficios fiscales para la venta forzosa de vientres.
La suspensión del ingreso de anticipos correspondientes a Ganancias y Bienes Personales regirá hasta la finalización del ciclo productivo siguiente a aquel en que concluya el estado de emergencia. Se trata de aquellos vencimientos que hubieran sido fijados entre el 1° de febrero de 2023 y la fecha de finalización del período de vigencia del citado estado de emergencia.
Por otra parte, se realizará la deducción en el Impuesto a las Ganancias por la venta forzosa de hacienda para que las y los productores puedan deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el 100% de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina.
En el caso del monotributo, gozarán del beneficio las obligaciones mensuales correspondientes al componente impositivo cuyos vencimientos operen durante el período de vigencia del estado de emergencia o zona de desastre agropecuario.