22 noviembre 2024

La Corte confirmó la pena de 13 años de prisión para Milagro Sala

El máximo tribunal desestimó el recurso presentado por la defensa de la dirigente social y ratificó la decisión de la justicia jujeña.

La Corte Suprema de Justicia desestimó el recurso de la defensa de la dirigente social jujeña Milagro Sala y dejó firme su condena de 13 años de prisión en el marco de la causa “Pibes Villeros”, en la que se la acusó de asociación ilícita y defraudación al Estado.

Con voto unánime de sus cuatro ministros, el máximo tribunal indicó en su resolución que “el recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presente queja, resulta inadmisible”.

Los magistrados también señalaron que “es un criterio sostenido por esta Corte que la autonomía que la Constitución Nacional reconoce a las provincias requiere que se reserven a sus jueces las causas que en lo sustancial del litigio versen sobre aspectos propios de esa jurisdicción, en virtud del respeto debido a sus facultades de darse sus propias instituciones y regirse por ellas”.

“En consonancia con esa premisa fundamental es que se ha resuelto, reiteradamente, que los pronunciamientos por los cuales los más altos tribunales provinciales deciden acerca de los recursos locales que son llevados a su conocimiento no son susceptibles de revisión por la vía del recurso extraordinario, salvo que se demuestre una lesión a un derecho de raigambre federal o que la sentencia, por sus graves defectos de fundamentación o razonamiento, no constituya una derivación razonada del derecho vigente, aplicado a las circunstancias de la causa”, agregó la Corte.

El máximo tribunal tenía pendiente desde marzo de 2020 la apelación presentada por la defensa de Sala sobre esta condena que dictó la Justicia jujeña y que implica 13 años de cárcel.

En la causa “Pibes Villeros”, la dirigente social fue acusada de llevar adelante una asociación ilícita con funcionarios provinciales y cooperativistas para defraudar al Estado. Primero fue condenada en primera instancia y luego la decisión fue confirmada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy y por la Cámara de Casación Penal. El fallo de la Corte lleva la firma de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.