La ANMAT informó, mediante una Disposición publicada en el Boletín Oficial, la prohibición de venta y comercialización de un aceite.
De qué marca es el aceite de oliva prohibido
Se trata del “Aceite de oliva extra virgen, marca Sr. Oliva, Contenido Neto 500 ml, 1° prensada en frío, Elaborado en Aimogasta, La Rioja RPE 04538919, RNPA 08007216”, que fue descubierta por una inspección.
"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República, de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284", se explica en el informe.
La investigación fue extensa y al finalizar la ANMAT dispuso:
"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: Aceite de oliva extra virgen, marca Sr. Oliva, 1° prensada en frío, Elaborado en Aimogasta, La Rioja, RPE 04538919, RNPA 08007216, por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RPE y RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal".