El Gobierno volvió a ajustar los controles de cambio con más limitaciones para la operación de dólar contado con liquidación.
Desde hoy, la Comisión Nacional de Valores estableció el aumento de limitaciones para operar en el mercado del dólar contado con liquidación. Mediante la publicación del Boletín Oficial de las Resolución General 911/21, aprobada ayer por el directorio de la CNV, se modificará la forma de cálculo para establecer el límite máximo establecido en la normativa vigente.
De esta forma entrará en vigencia que la divisa deberá respetar el tope de 50 mil nominales más allá de las compras de títulos públicos en moneda extranjera que haya hecho cada inversor. Pero eso no es todo, la resolución también dictada en coordinación con el Banco Central de la República Argentina y el Ministerio de Economía de la Nación.
Además de ello, la CNV mencionó que la misma tiene el “propósito de contribuir con una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real, en el marco de la política económica actual”.
Por su parte, las ventas de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares y emitidos bajo ley local con liquidación en moneda extranjera realizadas en el segmento Prioridad Precio-Tiempo (PPT), ya no podrán ser compensadas o neteadas con las compras de estos mismos activos con liquidación en moneda extranjera. Es así como afectará un esquema de compensación del títulos que usaban de forma asidua algunas sociedades de bolsa locales.
Finalmente, los nuevos límites correrán para uno de los dos mercados de “contado con liqui” que existen en la actualidad, que es el que suelen operar los clientes minoristas. Es un mercado que está alcanzado por las intervenciones del Banco Central a través de compraventa de títulos públicos para dotar de oferta al mercado y descomprimir tendencias al alza.