El ahorro en moneda extranjera tiene una carga impositiva enorme. No obstante, una parte de dicha carga es un "adelanto de Ganancias" del 35%. Sin embargo, quienes no pagan el Impuesto a las Ganancias (por no estar alcanzados por el tributo) deben recibir el reintegro. Si bien en un principio AFIP había dado un plazo de 60 días hábiles, ya pasaron 100 y no hay novedades. Quejas en las redes.
La percepción establecida por la RG 4815/20 de AFIP, junto con el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), llevan el recargo sobre el valor del dólar oficial (y sobre otros gastos en moneda extranjera) a un 65%.
Dicha percepción es del 35% y se puede tomar a cuenta del Impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales. No obstante, muchas personas no tributan esos impuestos, y entonces la norma prevé que en esos casos se pueda solicitar que devuelvan los importes que les percibieron.
En enero pasado, la AFIP habilitó la posibilidad de solicitar esa devolución, pero aún nadie pudo acceder a su propio dinero. En un principio se habló de 60 días hábiles para recuperar el monto abonado de más, un tiempo bastante extenso para un trámite no tan complejo. Luego circularon versiones (no hay información oficial demasiado clara al respecto) que hacía referencia a 90 días hábiles. Ambos plazos ya se vencieron y no hay noticias del reintegro de las percepciones, haciendo crecer el malestar de los contribuyentes.