La Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “FAL”, ratificó en el artículo 86 del Código Penal en el año 1921 que el aborto es legal en los siguientes casos: si es producto de una violación, si representa un riesgo para la vida de la persona gestante, o para el bienestar físico, emocional y social de la persona gestante.
Domingo, 15 de diciembre de 2019.
Hasta ahora 11 jurisdicciones de un total de 24 que conforman la Argentina, se han adherido al protocolo nacional o tienen sus propias normas que aseguran la atención a las personas con derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), vigente desde el viernes 13 de diciembre del 2019 a través de la resolución 1/2019 del Boletín Oficial. Otras seis incluyen ciertos requisitos y las siete restantes no cuentan con normas locales.
Las 11 jurisdicciones adheridas son: Chaco, Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego. San Luis está adherido desde octubre de 2018, aunque no se encontró aún la resolución oficial.
Las Otras 6 pronunciaron protocolos que contienen requisitos que dificultan el acceso a servicios de aborto seguro: Buenos Aires, Chubut, Córdoba, Ciudad de Buenos Aires Neuquén y Río Negro.
En tanto, 7 no cuentan con normativas propias ni están adheridas al protocolo: Catamarca, Corrientes, Formosa Mendoza, Santiago del Estero, San Juan y Tucumán.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “FAL”, ratificó en el artículo 86 del Código Penal en el año 1921 que el aborto es legal en los siguientes casos: si es producto de una violación, si representa un riesgo para la vida de la persona gestante, o para el bienestar físico, emocional y social de la persona gestante.
El ILE fue publicado en 2015 por el Ministerio de Salud de la Nación para estandarizar prácticas y garantizar el acceso a este derecho y se establecen los lineamientos para su acceso.
Fuente: InfoGEI