Martes 12 de junio de 2018.
La modalidad fue dada a conocer tras la reglamentación 97/2018, publicada este martes en el Boletín Oficial. Los usuarios podrán elegir abonar el servicio de modo financiado, con carácter excepcional para los consumidores residenciales y comerciales servicio completo.
El Gobierno nacional reglamentó el pago en tres cuotas del consumo de gas en el invierno, a través de la resolución 97/2018 publicada este martes en el Boletín Oficial. Este mecanismo comenzará a estar vigente con la factura de los períodos 4 y 5, por lo utilizado desde el 1 de julio hasta el 31 de octubre.
Según el anexo de Presidencia, los usuarios podrán elegir abonar el servicio de gas en cuotas y de modo explícito, con carácter excepcional para los consumidores residenciales y comerciales servicio completo (SGP1 y SGP2, comercios y Pymes) de gas natural y para quienes figuren como residenciales de gas propano incluido por redes.
Las boletas que rigen bajo esta norma, en ese sentido, son las correspondientes a los consumos de julio y agosto, en el primer caso, y de septiembre a octubre del corriente año.
Además, se podrá elegir por pagar el total de la factura o aceptar un financiamiento del 25% en tres cuotas bimestrales. No podrá hacerlo por una modalidad intermedia, ni por un sólo período, sino por los dos.
De acuerdo a lo informado, los consumidores residenciales, comercios y Pymes podrán pagar el 25% de las facturas de gas por los consumos de julio a octubre con un costo máximo del 1,5% mensual.
El régimen del pago en cuotas de los consumos de los períodos 4 y 5 no será automático, sino que exigirá que cada titular del servicio manifieste su adhesión en forma presencial en la sede corresponde al domicilio, o virtual, a través de la página de internet de la prestadora.
Los usuarios, en tanto, podrán hacer el trámite antes de recibir la facturación por el consumo del período 4, del 1 de julio al 31 de agosto, o hasta el día de vencimiento del primer cupón de pago.