23 noviembre 2024

Es oficial: FACTURAS DE LUZ SIN CARGOS EXTRAS

Miércoles 16 de mayo de 2018.

A través de la resolución 167/18 publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, el Organismo de control de la Energía Eléctrica (Oceba) se toma del artículo 78 de la Ley Nº 11.769, que dispone que las facturas a usuarios "deben detallar la información necesaria y suficiente que permita constatar al usuario en forma unívoca el valor de las magnitudes físicas consumidas". La medida rige a partir de hoy, miércoles 16 de Mayo.

"En este sentido siempre advertimos a los usuarios bonaerenses y particularmente de 9 de Julio, que los conceptos ajenos debían facturarse por separado, troquelado o como lo dispusiera la distribuidora. Desde 2003 hasta la fecha insistimos con el reconocimiento del derecho Ley 11.769- articulo 78, haciendo notar que también la ley 24.240 lo prohíbe.

Asimismo el OCEBA dio de baja todas las autorizaciones brindadas hasta ahora por el organismo. Queda exento el cobro por alumbrado publico", señala al respecto un comunicado de DEUCO, Defensa del usuario y Consumidor de 9 de Julio.

También se indica que la entidad "ha recibido varios reclamos de usuarios, denunciando el cobro de conceptos ajenos al servicio sin la correspondiente autorización, por lo que primariamente fue trasladada la inquietud a la Defensoría del Pueblo de la Provincia, en el seno del Consejo Asesor de Usuarios y Consumidores del que formamos parte, y posteriormente se presentó ante la justicia el reclamo pertinente"

"Tengan por seguro que los usuarios haremos conjuntamente, un seguimiento estricto del cumplimiento de lo ordenado en la resolución del  OCEBA", agrega DEUCO 9 de Julio.