Viernes 16 de marzo de 2018.
La figura que alcanzaría al accionar del jefe comunal trenquelauquense es la de daño agravado por el empleo de sustancias venenosas y está abarcado en el punto 3 del artículo 184 del Código Penal Argentino. El denunciante es Eduardo Helguera, un vecino de las afueras del distrito, que asegura que sus plantaciones fueron dañadas porque el Municipio no ejerció el poder de policía sobre las aplicaciones. La denuncia también alcanza a la responsable del área medioambiental local, Ana Paula Motrel por falso testimonio y encubrimiento.
El intendente de Trenque Lauquen, Miguel Fernández, está imputado en una causa por daños ambientales. La figura que alcanzaría al accionar del jefe comunal trenquelauquense es la de daño agravado por el empleo de sustancias venenosas y está abarcado en el punto 3 del artículo 184 del Código Penal Argentino.
La causa que está a cargo del fiscal Manuel Iglesias está en proceso de investigación y recayó en el Juzgado de Garantías N°2 a cargo del jueza Gerardo Palacios Córdoba. Su denunciante es Eduardo Helguera, un vecino del distrito que fue perjudicado con las derivas de de los agrotóxicos que arruinaron sus plantaciones caseras.
Según relató el propio Helguera, “a pesar de estar domiciliado a 3.500 metros del comienzo de la línea de las fumigaciones que se realizan en zona periurbana, fui alcanzado y afectado por los venenos que se liberan al medio ambiente”.
En ese sentido, el denunciante solicitó al fiscal una medida cautelar urgente para que deje de producirse dicho daño.
Al Intendente se la exige la Ley de Regulación de Agroquímicos 10.699 que si bien no tiene distancia de zona de exclusión, si posee medidas cautelares que se deben cumplir por parte del Ejecutivo (como también en la Ley ambiental de la Provincia N° 11.723) cuando exista daño ambiental y lesiones a los seres vivos.
“El daño es notorio y está vinculado en la actualidad al DAÑO AMBIENTAL producido sobre los vegetales de la planta urbana. Ya los arboles están dañados y quemados de tal manera que mueren y hay que sacarlos como los de la rambla de la calle de 25 de Mayo”, ahondó el damnificado.
Además, amparado en su caso, Helguera explicó que “la distancia de 300 mts. como zona de exclusión no es suficiente resguardo ambiental para la población de la planta urbana”.
En otro orden de cosas pero basado en un caso similar, Helguera también denunció penalmente la gestión de la encargada de Medio Ambiente, Ana Paula Motrel, por falso testimonio y encubrimiento, presuntamente responsable de esos hechos.
“En esa denuncia habría niños/as de un Jardín de Infantes de la localidad de 30 de Agosto alcanzados, con las fumigaciones periurbanas siendo víctimas de intoxicaciones con agro tóxicos siendo uno de ellos atendido en el Hospital Eguiguren de 30 de Agosto”, aseveró.
“No existe producto de uso domiciliario que intoxique varias manzanas a la redonda. Si, lo hacen las derivas de las fumigaciones con agro tóxicos autorizadas por Fernández a 500 mts. desde el Jardín. Fernández como poder de policía y con la potestad que tiene no controla, fiscaliza y no toma las medidas cautelares necesarias”, finalizó el denunciante.