Los juristas que analizan los cambios en el Código Penal proponen varias medidas de vigilancia especial para evitar la reincidencia de violadores y femicidas.
Viernes, 2 de marzo de 2018
El homicidio de Camila Borda, la nena de 11 años violada y asesinada en Junín, puso en debate una vez más qué se debe hacer con los delincuentes acusados de ataques sexuales. Por lo pronto, en el anteproyecto del nuevo Código Penal se establecerá que los condenados por este tipo de delitos no podrán tener el beneficio de la libertad condicional y deberán cumplir en prisión la totalidad de la pena impuesta. Así lo sostuvo Mariano Borinsky, presidente de la comisión de juristas y especialistas convocados por el Gobierno para elaborar esa iniciativa.
Esa comisión de especialistas analiza también la creación del denominado instituto de "seguimiento socio-judicial", como una medida de seguridad posterior al cumplimiento de la condena, siguiendo al modelo del Código Penal francés.
El proyecto para modificar el Código Penal será presentado el mes próximo. "En primer lugar, la comisión fija la prohibición de acceso a la libertad condicional para los condenados por homicidios agravados y por delitos sexuales graves, fomentando así el cumplimiento total de las penas para dichos delitos", según explicaron fuentes oficiales.
La comisión de especialistas fue creada por un decreto del presidente Mauricio Macri en febrero del año pasado. Además de Borinsky, está integrada por Carlos Mahiques, juez de la Cámara Nacional de Casación Penal; Patricia Llerena, integrante de un tribunal oral en lo criminal (TOC) porteño; Víctor María Vélez, de la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial; Pablo López Viñals, procurador general de Salta; Guillermo Yacobucci, integrante de un TOC porteño y profesor de la Universidad de Buenos Aires y de la Universidad Austral; Fernando Córdoba, docente de la UBA; Patricia Ziffer, secretaria letrada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; el fiscal Pablo Turano, y Carlos González Guerra, actual director nacional de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal.
El instituto de "seguimiento socio-judicial", explicaron las fuentes consultadas, "está previsto para determinados delitos muy graves, tales como el homicidio agravado, el abuso sexual agravado, otros ataques graves contra la integridad sexual y los delitos que se cometan en un contexto de violencia de género. Consiste en la imposición de determinadas medidas de vigilancia y asistencia destinadas a prevenir la comisión de nuevos delitos que el condenado debe respetar durante un plazo máximo de diez años, con posterioridad al cumplimiento de la pena impuesta".
Ya existe un borrador con las bases del instituto de seguimiento socio-judicial, en el que se explica cuáles pueden ser las medidas para controlar a delincuentes sexuales que cumplieron la condena.
Entre las situaciones que serían impuestas tras la condena figura la obligación de estar siempre localizable mediante dispositivos electrónicos que permitan un seguimiento permanente; además se dispondría la obligación de presentarse periódicamente en el lugar que el órgano competente establezca; la obligación de comunicar inmediatamente cada cambio del lugar de residencia y del lugar o puesto de trabajo; la prohibición de ausentarse del lugar de residencia sin autorización del órgano competente; la prohibición de aproximarse a la víctima y a sus familiares, y la prohibición de acudir a determinados lugares.
Los juristas también propondrán como medidas para el seguimiento socio-judicial, la prohibición de desempeñar determinadas actividades que puedan ofrecer o facilitar la ocasión para cometer hechos delictivos de similar naturaleza; la obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares y la obligación de seguir tratamiento médico o psicológico externo o de someterse a un control médico periódico.
En la provincia de Buenos Aires, por medio de una resolución del Ministerio de Justicia firmada en octubre de 2014, se implementó el denominado Programa de Tratamiento Psicológico Grupal "para personas privadas de la libertad por delitos contra la integridad sexual". Según fue explicado en el artículo 2 de esa resolución ministerial, el programa quedó bajo la órbita de la dirección provincial de Política Criminal, en coordinación con la dirección provincial Política Penitenciaria.
"La virtud de esta propuesta es que resulta ser un aporte innovador, disruptivo de las estructuras y las prácticas cristalizadas y, en ese sentido, viene a problematizar y discutir un conjunto de discursos establecidos sobre la cuestión de los delitos sexuales y se centra en el sujeto privado de la libertad como persona y como ciudadano. Además, apunta a brindar un abordaje específico a estas personas, tendiente a proporcionar un espacio de contención, acompañamiento, asistencia y seguimiento, tanto dentro como fuera del penal", se explicó en esa resolución.