Jueves 26 de enero de 2017.
La provincia busca reformar el sistema de apelaciones para que la decisión judicial de enviar a una persona a prisión quede firme con dos resoluciones confirmatorias. También se busca reformar el régimen de competencia correspondiente al Hábeas Corpus.
A través de un proyecto de ley impulsado por el ministro de Justicia, Gustavo Ferrari, la provincia busca reformar el sistema de apelaciones para que la decisión judicial de enviar a una persona a prisión quede firme con dos resoluciones confirmatorias.
El texto de la iniciativa destaca que con la modificación "se pretende ordenar, sistematizar y racionalizar el notoriamente caótico sistema recursivo imperante en el ordenamiento procesal penal de la Provincia de Buenos Aires".
"Sobran los motivos"
"Queremos corregir un evidente abuso en las posibilidades de revisión de resoluciones situación judiciales. Para que, por caso, una prisión quede firme puede haber cinco instancias en la Provincia, que incluso con el exceso actual del Régimen de Habeas Corpus pueden llegar a ser ocho", indicó Ferrari.
"A través de nuestro proyecto, exigiremos sólo dos resoluciones confirmatorias, tal como lo exigen los tratados internacionales, asegurando la doble instancia, pero sin continuar con un sistema que dilata y genera injusticias", señaló Ferrari.
En ese sentido, el funcionario destacó "aspiramos a que, cuando hay una determinación doblemente confirmada, esta persona quede detenida".
El proyecto de reforma elimina respecto de los fiscales y las víctimas el límite objetivo establecido para recurrir condenas en función del monto de pena impuesta, según indicaron desde el Ministerio de Justicia Bonaerense.
La propuesta también pretende reformar el régimen de competencia correspondiente al Hábeas Corpus. "El régimen actual del Hábeas Corpus es anárquico, está totalmente desmadrado en la Provincia, y esto tiene una decisiva incidencia en la situación de colapso en que se encuentra el Poder Judicial de la Provincia", aseguró Ferrari,
Para el ministro, "ocho instancias son un absoluto exceso, y esto permite aumentar la discrecionalidad de los jueces, que en muchos casos determinan libertades permanentemente".
Qué se modifica
Desde la cartera que dirige Ferrari, explicaron que el proyecto propone "la modificación del artículo 164 del Código Procesal Penal, estableciendo que la prisión preventiva o su cese sólo pueden ser impugnables mediante recurso de apelación, y se proponen modificaciones al recurso de Casación, que tienen ese mismo objetivo de racionalizar y ordenar el sistema recursivo".
De esta manera "también se reduce la competencia del Tribunal de Casación Penal, limitando su intervención a la revisión de las sentencias definitivas, la que se llevará a cabo a través del recurso de casación, pero manteniendo su intervención como garantía para las víctimas cuando la cámara resuelve sobreseer por extinción de la acción y de la pena".
El rol de las víctimas
El proyecto también incorpora una modificación que impulsa la participación de las víctimas en el proceso. Se trata de la reforma que propone para el artículo 439 de la ley 11.922. Allí se añade que: "En todos aquellos casos en los cuales haya emitido opinión en virtud de su expresa solicitud, conforme lo establecido en el artículo 83 inciso 3º, la víctima podrá interponer recurso de apelación contra la decisión que sea contraria a sus peticiones, aunque no se haya constituido como particular damnificado. Igual facultad tendrá en la etapa de ejecución de la sentencia condenatoria".
Crédito: InfoGEI