Sábado 24 de Setiembre de 2016.
La ley 14.836 que establece que los intendentes, legisladores, concejales y consejeros escolares de la provincia de Buenos Aires sólo podrán permanecer en el cargo por dos mandatos consecutivos entró ayer en vigencia.
La iniciativa, que había sido sancionada por la Cámara de Senadores provincial en agosto, fue publicada en el Boletín Oficial por la gobernadora María Eugenia Vidal.
De esta manera, a partir de ahora, al igual que el gobernador y vicegobernador, limitados por la Constitución provincial, el resto de los cargos electivos no podrán renovarse más de una vez seguida, es decir, sólo podrán permanecer en el cargo por dos mandatos consecutivos.
La normativa, impulsada originalmente por el Frente Renovador, prevé también que los mandatos actuales de los jefes comunales, ediles y legisladores serán computados como primer período, por lo que podrán proponerse sólo por un nuevo mandato consecutivo.
Además establece que aquellos que resulten reelectos, sólo podrán ser elegidos en el mismo cargo, tras el intervalo de un período.
La propuesta estipula asimismo un régimen de incompatibilidades por simultaneidad de cargos, aunque con la salvedad de que se pondrá en vigencia cuando el funcionario cumpla su mandato, es decir que no afectará a los que ahora estarían alcanzados por la incompatibilidad.