Sábado 17 de setiembre de 2016.
Se trata de la primer norma impulsada por el Ministerio de Agroindustria que se convierte en Ley y que establece la regulación y procedimientos que deben seguir los productores y aplicadores una vez que hayan usado el producto fitosanitario.
Fue aprobada por 162 votos a favor y 13 en contra en la Cámara de Diputados y entre los principales puntos la norma establece la responsabilidad extendida a los fabricantes, por lo cual las empresas que registran productos en el mercado tendrán que hacerse cargo del destino de los envases que contienen sus productos.
El ministro de Agroindustria de la Nación, Ricardo Buryaile declaró que “la sustentabilidad del ambiente es un eje central para nuestra gestión y es muy importante que se haya sancionado esta Ley, que le da certeza a la manipulación de los envases después de haber sido utilizados los productos que contenían”. Esta normativa “permite mostrar que hay un compromiso social de todo el sector productivo y empresario para el cuidado del medio ambiente”, agregó.
Por su parte, el secretario de Agregado de Valor, Néstor Roulet explicó que “de esta manera se establece la regulación y procedimientos que deben seguir los productores y aplicadores una vez que hayan usado el producto fitosanitario”.
En esta línea, Roulet remarcó que “obliga a los productores a entregar sus envases libres de producto en los centros de acopio habilitados y promociona una serie de buenas prácticas como el triple lavado, que elimina cualquier peligro posterior a la aplicación de los insumos. Con esta Ley se garantiza la gestión integral de los envases vacíos”.
A partir de esta legislación, se implementarán sistemas de recolección y lugares de destino de los recipientes; establece un régimen especial de tratamiento con el cual los productores deberán regirse: un triple lavado de los recipientes.
Luego, deberá llevarlo a un centro de acopio transitorio y ahí se los clasificará y canalizará por dos líneas, los que pueden ser reciclados, y los que irán a disposición final.