Situación de agroquímicos en 9 de Julio y el Partido. Pedido de informe del Bloque de Concejales FpV-PJ sobre el uso, perjuicios para el medio ambiente y fiscalización de los mismos en nuestra ciudad por parte del municipio.
Miércoles, 20 de abril de 2016
Conociendo la existencia de normas locales y provinciales que regulan y limitan libertades individuales en relación a la preservación del medio ambiente, en especial los relacionados al uso de agroquímicos y al manejo de materiales contaminantes y considerando que es sana estrategia aplicar todas las dispociones vigentes y difundir el ejercicio del poder de policía municipal. Siendo que los agroquímicos amenazan a toda la naturaleza, a la agricultura sustentable, al campesino y poblaciones urbanas, por ruptura del reciclaje de nutrientes y el consecuente agotamiento de la fertilidad natural del suelo. Sabiendo que la mayoría de los predios rurales del distrito son explotados mediante arriendos o alquileres, lo cual evidencia una abrumadora mercantilización especulativa de la tierra, de la actividad agrícola, y de la naturaleza con un único fin el de generar ganancias siendo estrategias socioeconómicas impuestas y manejada por corporaciones multinacionales, que promueven monocultivos y uso de tecnología intensiva en insumos, provocando dos tipos de problemas. Por un lado la falta de rotación de los suelos, erosión, perdida de productividad agotamiento de reserva de nutrientes, salinización y alcalinización, contaminación con nitratos peligrosos de las aguas superficiales y subterránea y por otro lado por Cultivos y Animales causando perdida de recursos genéticos de cultivos, plantas y animales; eliminación de enemigos naturales de pestes, resurgimiento de estas y resistencias a plaguicidas, contaminación química y destrucción de los mecanismos naturales de control.
Por todo lo expuesto anteriormente solicitamos que el HCD requiera al Departamento Ejecutivo lo siguiente a la Subsecretaría de Medio Ambiente.
Listado de empresas y de quienes posean equipos para fumigar, sujetas al cumplimiento de lo normado por el artículo 3 de la ordenanza Nº 4821/2009, registro para la venta, depósito y aplicación de plaguicidas, y el listado de asesores agronómicos.
Mapa con zonas de exclusión, según lo dispuesto por la misma ordenanza, en sus artículos 6 y 7, y copia de las recetas agronómicas correspondientes.
Listado de empresas cuyas actividades hayan sido recategorizadas, según articulo 12 de la citada norma.
Listado de inspectores habilitados para fiscalizar la aplicación de la ordenanza y otras relacionadas, y cursos realizados por dicho personal
Listado de infracciones originadas en violación a normas medio ambientales (ordenanza 4821 y 4919, y Ley Provincial 10699/8 y su decreto reglamentario.
Listado de montos de multas cobradas por infracción a esas disposiciones.