28 marzo 2024

Renovar registro: NO PODRAN EXIGIR PAGO DE MULTAS

Los municipios de la provincia de Buenos Aires no podrán obligar a pagar las infracciones de tránsito que no posean sentencia firme a quienes quieran renovar el registro. De esta manera se hizo lugar a un reclamo de la Defensoría del Pueblo provincial.
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Martes, 16 de febrero de 2016
Luego de que la renovación de la licencia de conducir traiga aparejadas innumerables quejas a la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, a través de las cuales se expresaba la imposibilidad de obtener el nuevo carnet si los conductores poseen deudas pendientes de cancelación, se hizo lugar al reclamo para buscar una solución desde la Provincia.
El Gobierno Provincial comunicó a los municipios bonaerenses que deberán eliminar la obligación de pagar las infracciones de tránsito que no tengan sentencia firme a los conductores que quieran renovar el registro, dando lugar a un reclamo de la Defensoría del Pueblo.
Actualmente la ley establece que todos quienes tengan que iniciar este trámite deberán obtener un certificado de libre deuda expedido por el Registro Único de Infractores de Tránsito (RUIT), que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros provincial. Esta oficina, a su vez, plantea que es obligación de los juzgados comunicar al registro de antecedentes de tránsito las sanciones y las declaraciones de rebeldía, por lo que las renovaciones están ligadas a la existencia de una sentencia firme en relación a estas situaciones.
En respuesta a este reclamo, la dirección de Seguridad Vial emitió una circular a los municipios para que hagan cumplimiento efectivo de la sentencia judicial. De todos modos, se aclaró que la orden no será de cumplimiento efectivo, puesto que ahora cada comuna deberá adecuar su estructura administrativa.
En la circular a los municipios, la Provincia les recordó que “solo la existencia de multas impagas o inhabilitaciones vigentes, impuestas por sentencias firmes y consentidas impiden la obtención de la licencia de conducir”. En ese marco, se indicó que “aquellos procedimientos donde solo existan infracciones constatadas y/o en trámite no pueden obstaculizar la obtención de la licencia única de conducir”.