20 abril 2024

MAS AIRE PARA EL "FONDO EDUCATIVO"

Intendentes tendrán mayor disponibilidad del fondo educativo - El Tribunal de Cuentas de la provincia autorizó a los municipios bonaerenses a utilizar el dinero del Fondo Educativo para gastos no relacionados directamente con el sistema de educación formal, tal como ocurría hasta ahora.

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Miércoles 19 de octubre de 2016.

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el organismo dictaminó que a la luz de los cambios producidos en la reglamentación del Fondo Educativo los municipios podrán destinar el dinero distribuido a “procesos o actividades educacionales organizados en forma sistemática por fuera del sistema educativo formal”. Las mismas abarcan actividades formativas o de capacitación, procesos de alfabetización de adultos, y proyectos de educación a niños y jóvenes sin escolarizar, entre otros ítems.
La resolución surge luego de varios reclamos de los municipios, que desde la implementación del Fondo Educativo reclamaban ampliar sus usos por fuera de la educación formal. En 2014 el Tribunal de Cuentas había prohibido esto, al considerar que en ese momento la ley solo permitía su utilización para “la educación impartida en los establecimientos incorporados al Sistema Educativo Nacional”, relacionados a la construcción y mantenimiento de infraestructura escolar, la generación de programas de capacitación y apoyo pedagógico y la adquisición y mantenimiento de equipamiento escolar, entre otros.
Ahora, el Tribunal revisó su decisión al considerar que “el marco normativo provincial ha flexibilizado el destino de los recursos del Fondo en cuestión para el ejercicio 2016 en comparación con las previsiones para el año 2015, incluyendo a la Educación no Formal”. Es que en la ley que ratificó la continuidad del fondo para este año se indicó que sus usos “abarcan a la educación formal como la educación no formal”.
En ese marco, el Tribunal habilitó a las comunas a, entre otras cosas, “desarrollar programas y acciones educativas que den respuesta a los requerimientos y necesidades de capacitación y reconversión productiva y laboral, organizar centros culturales para niños/as y jóvenes con la finalidad de desarrollar capacidades expresivas, implementar estrategias de desarrollo infantil, coordinar acciones con instituciones públicas o privadas y coordinar acciones educativas y formativas con los medios masivos de comunicación social.
El Tribunal reconoció que “en lo que va del ejercicio 2016 se han receptado inquietudes formuladas por los responsables de las administraciones municipales relacionadas al destino que corresponde otorgar a los recursos provenientes del Fondo Educativo Nacional”, por lo que considero necesario “interpretar la normativa reseñada para el ejercicio fiscal 2016, fijando pautas generales que sirvan de guía para asegurar la correcta ejecución de los fondos en cuestión”.