26 abril 2024

Hoteles: ACCESIBILIDAD GARANTIZADA

Lunes 12 de febrero de 2018.

Por incumplimiento se establecen multas importantes. El gobierno provincial promulgó la ley y los hoteles tienen 180 días para concretar las reformas. Todos los hospedajes deberán garantizar las condiciones de accesibilidad.

Con la promulgación de la Ley de Accesibilidad, que fue aprobada en la Legislatura, todos los complejos de hospedaje como hoteles, albergues o alojamientos, tienen la obligación de garantizar plenamente las condiciones de acceso a personas que utilicen sillas, para lo que deberán hacer visible un símbolo indicativo y contar con el número de plazas adaptadas para personas con movilidad reducida.

Además, los establecimientos que cuenten con estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad, deberán ubicarlos en cercanías del ingreso al interior del edificio o de las rampas de acceso, según indica la normativa, mientras que supone severas multas para los lugares que cometan el incumplimiento de alguno de los artículos.

Cabe destacar que el artículo 6, que fue vetado por la gobernadora María Eugenia Vidal, establecía que "la reglamentación podrá establecer promociones impositivas parciales para quienes superen los cupos previstos en los artículos 1 y 2 de la presente ley".

En tanto, se estableció que los complejos hoteleros deben realizar las adecuaciones edilicias conforme a lo dispuesto en la promulgada ley, con un plazo de 180 días.