26 abril 2024

Fertilización asistida: CAMBIOS EN LA LEY

Con la firma del gobernador Scioli y el ministro Collia, la Provincia decretó este viernes las modificaciones que eliminan los límites de edad, sexo y estado civil, en concordancia con la Ley Nacional.
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Lunes 1 de junio de 2015.

El Gobierno bonaerense promulgó este viernes los cambios a la Ley provincial de Fertilización Asistida, que eliminan los límites de edad, sexo y estado civil, en concordancia con la Ley Nacional.
La reglamentación de los cambios a la Ley 14.205 fue publicada el viermes en el Boletín Oficial a través del decreto 376/15, con la firma del ministro de Salud bonaerense, Alejandro Collia y el Gobernador Daniel Scioli. De esta manera, se adecua la normativa a la sancionada a nivel nacional, que incluye en las prestaciones de “prácticas y procedimientos obligatorios”, aquellos tratamientos de fertilización asistida bajo técnicas de baja y alta complejidad que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones.
Los cambios, impulsados por el senador Luciano Martini con el acompañamiento de la senadora Cristina Fioramonti (FpV-PJ), amplían el criterio de los beneficiarios de la ley, estipulando que "todos los habitantes de la provincia, siendo mayores de edad y teniendo dos años de residencia, podrán acceder a los tratamientos con cobertura pública o de cualquier obra social o medicina prepaga".
El decreto establece que "no podrán introducirse requisitos o limitaciones que impliquen excluir de la cobertura de tratamientos de fertilización a personas que los requieran, debido a su orientación sexual o estado civil". A su vez, se determinó que "quedarán comprendidos por la cobertura prevista los servicios de guarda de gametos o tejidos reproductivos para aquellas personas, incluso menores de los 18 años, que aun no queriendo llevar adelante la inmediata consecución de un embarazo, por problemas de salud o tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas puedan ver comprometida su capacidad de procrear en el futuro".
En la normativa se establece que las personas "podrán acceder a un máximo de cuatro tratamientos anuales de técnicas de reproducción mecánicamente asistida de baja complejidad; hasta tres tratamientos de técnicas de alta complejidad, con intervalos mínimos de tres meses cada uno". Se destaca que "se encuentran comprendidos en la cobertura de dichos tratamientos los procedimientos de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo que, según el caso, sean necesarios".