20 abril 2024

DESDE MARZO... "CHAU A LAS CUEVAS"

El Banco Central de la República Argentina resolvió que las empresas, comercios de cualquier sector y personas físicas puedan actuar como agentes de cambio. La medida se da en medio de la depreciación de la divisa en el país.

Viernes, 26 de enero de 2018

El Banco Central (BCRA) aprobó una medida que habilitará a partir de marzo a empresas, comercios de cualquier sector y personas físicas a participar en el mercado cambiario, con el único requisito de inscribirse en el “Registro de operadores de cambio”.

A través de un comunicado de la entidad expresaron que “el nuevo marco normativo para la actividad cambiaria tiene el objeto de brindar mayor competencia y transparencia al mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes".

Para participar como agentes de cambio, las personas físicas deben haber constituido previamente una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).

De esta manera, un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá adicionar la operación con monedas extranjeras a su actividad principal, del mismo modo que podrá hacerlo un individuo. "Se facilita así el acceso al cambio, en particular para los turistas extranjeros", señaló el BCRA.

También podrán inscribirse casas de cambio, que se distinguen de las anteriores por tener a la operación cambiaria como objeto exclusivo de actividad y por requerir un capital mínimo de 5 millones de pesos. Las casas de cambio, a su vez, incorporan la posibilidad de realizar operaciones de comercio exterior y transferencias internacionales, lo que les permitirá competir con entidades bancarias que ofrecen esos servicios a las empresas.

La disposición entrará en vigencia a partir del 1° de marzo.